15-11-2006
Multan con 600 € al dueño del mulo que chocó con el vehículo y causó 5 muertos
Un juzgado de Córdoba ha impuesto una multa de 600 euros al dueño de un mulo que en la noche del 6 de marzo de 2004 invadió la carretera A-318 en Doña Mencía y causó un accidente de tráfico en el que fallecieron cinco jóvenes.
Asimismo, le condena a indemnizar a los familiares de los fallecidos con más de 355.000 euros.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que el vehículo que ocupaban los cinco fallecidos circulaba a unos 98 kilómetros por hora -estando la velocidad máxima limitada a 70-, cuando chocó contra un mulo, lo que causó que el vehículo se saliese de la calzada y chocara contra un muro de hormigón.
Inmediatamente después pasaron por el lugar dos vehículos más que sufrieron sendos accidentes al atropellar los restos del animal, que era propiedad del acusado, D.J.R.
Añade que el acusado, ganadero de profesión y que guardaba sus animales en una vereda que no está cercada, conocía el riesgo que podía suponer para los vehículos que sus caballerías pudieran quedar sueltas.
Recuerda que, con anterioridad a estos hechos, había sido denunciado porque animales suyos se habían introducido en fincas particulares, y en cuatro ocasiones habían sido encontrados en la misma carretera donde se produjo el accidente.
Añade la sentencia que el día anterior a los hechos la persona que el acusado tenía encargada de la vigilancia de sus animales había dejado a la mula en la vereda atada y con las patas delanteras trabadas.
Considera probado que, bien porque la mula estuviera mal atada o, "lo más probable, porque alguien la desató, la mula escapó" y se dirigió hacia Luque, cruzando la carretera A-318.
Pese al exceso de velocidad del vehículo en el que circulaban los fallecidos, cuatro chicos y una chica de entre 18 y 21 años vecinos de Luque, la sentencia asegura que no se ha probado que ese exceso de velocidad contribuyese de forma alguna a estos fallecimientos.
Destaca que “resulta evidente que el factor determinante del accidente y de sus resultados es la aparición de la calzada de un mulo de un peso aproximado a 300 kilos, sin lo cual el vehículo, cualquiera que fuese la velocidad a la que circulase, hubiese continuado circulando sin ningún tipo de problemas”.
Resalta que, al no haberse podido acreditar cómo aparece el animal en la calzada, no se puede imputar al conductor del vehículo, “cualquiera que fuese la velocidad”, que hubiese podido evitar o disminuir en alguna medida el atropello o sus efectos.
Tampoco se puede imputar ninguna distracción al conductor porque, “tratándose de un mulo de color negro, en noche cerrada, con niebla y lluvia, es comprensible que no llegase a darse cuenta de la presencia del animal hasta que lo tuvo prácticamente encima”.
La sentencia absuelve al acusado de los cinco delitos de homicidio por imprudencia grave por los que estaba acusado y le condena a una multa de 600 euros como autor de cinco faltas de imprudencia leve con resultado de muerte y a las correspondientes indemnizaciones.
Terra Noticias